Podría ser beneficiarios de esta prestación las personas que tienen hijas o hijos menores de tres años de edad el 1 de enero del 2014 (nacidos entre el 01/02/2011 y el 01/01/2014, incluido) y, para el año 2012, ni ellos ni ninguna de las personas que conforman la unidad familiar se tengan que presentar la declaración de impuesto sobre la renta y el correspondiente a este período, o se someten voluntariamente, incluso sin estar obligado a ello. Si las hijas o hijos adoptivos / u bienvenidos / los del 31 de diciembre 2012 y 31 de diciembre de 2013, se concederá el beneficio durante los tres años siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa que declara.
La solicitud formalizada en impreso normalizado que figura como Anexo I de esta orden, y estará disponible en el manual de procedimientos y servicios que la dirección se encuentra en la
http://www.xunta.es/resultados-da-guia-de-procedementos
El plazo de presentación de solicitudes es de cuarenta días naturales (Sábado, 26 de abril) , a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de. Si el último día del plazo es inhábil, se prorrogará automáticamente al día hábil siguiente.
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